INFORMACIÓN SOBRE AYUDAS INDIVIDUALIZADAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2020

Estimadas familias,

Les comunicamos que se ha publicado la convocatoria de las ayudas individualizadas a personas con discapacidad para el ejercicio 2020. (Resolución de 3 de junio de 2020, de la Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan las ayudas individualizadas a personas con discapacidad para el ejercicio 2020.)

Clases y Cuantías máximas de las ayudas.

– Tratamiento bucodental: hasta 3.000 €

– Audífonos (máximo 2 unidades): hasta 3.000 €

– Cama eléctrica/ articulada completa (incluye somier articulado, colchón articulado y barandillas): hasta 1.100 €

– Gafas (1 unidad): hasta 300 €

IMPORTANTE:

– Para poder solicitar dicha ayuda la persona debe tener una discapacidad en grado igual o superior al 33%. Y el concepto de la ayuda tiene que guardar relación con la discapacidad que tiene reconocida en su dictamen técnico facultativo.

– La concesión de dicha ayuda va sujeta la valoración de la situación socio-económica de la unidad de convivencia, para ello se aplicará el baremo publicado en la resolución, anexo I.

El plazo de presentación finaliza el 8 de julio 2020.

Documentos que se deben aportar junto con la solicitud.

– Fotocopia del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea y del pasaporte o documento de identidad en vigor del país de origen del/la solicitante, así como del representante o perceptor, en su caso, en el supuesto de extranjeros comunitarios.

– Certificado de empadronamiento en el que se acredite que el solicitante reside en la Región de Murcia en la fecha de la solicitud, y en el que consten todos los miembros incluidos en la misma hoja padronal.

– Certificado de pensión de clases pasivas o de organismos extranjeros, en su caso.

– Presupuesto detallado de la acción a realizar (superior a 100 €). En el supuesto de haber adquirido el concepto solicitado con posterioridad al 1/01/2020, copia de la factura.

– Fotocopia del documento bancario en el que figure como titular el solicitante o representante, en su caso, así como el IBAN (24 dígitos).*

– Acreditación de los ingresos que perciban todos los miembros de la unidad de convivencia: nóminas, certificado de empresa, sentencia que regule el importe de pensión compensatoria/alimentos (o acreditación de la reclamación judicial de la misma, en caso de impago), etc.

– Acreditación de haber sido reconocido como discapacitado por el Órgano competente, en aquellos casos en que el reconocimiento se haya efectuado en Comunidad Autónoma distinta de la Región de Murcia.

– En caso de separación/divorcio o de que existan menores en la unidad de convivencia cuyos progenitores estén separados: Copia de la sentencia de separación/ divorcio/ reguladora de la guarda y derecho de alimentos, así como del convenio regulador, en su caso. O en el supuesto de impago de la pensión establecida, acreditación de la reclamación judicial de la misma.

– Documentos específicos según el concepto que se solicite.

– Supuestos familiares

  1. En caso de que algún miembro de la unidad de convivencia presente un problema grave de salud: copia del informe médico acreditativo.
  2. En caso de que la unidad de convivencia tenga que afrontar pago de vivienda: copia del recibo de alquiler o de hipoteca, actualizado.
  1. En caso de que la persona solicitante presente una enfermedad catalogada como enfermedad rara: copia del informe médico que indique expresamente que la enfermedad que se padece se considera enfermedad rara.
  2. En caso de que en la unidad de convivencia exista algún tipo de problemática social (toxicomanía, violencia, desestructuración familiar, exclusión social severa, vivienda que presente deficientes condiciones de habitabilidad, de salubridad o carezca de algún servicio mínimo, etcétera.

Para cualquier consulta pueden llamar al teléfono 629058244.

Aprovecho para mandar un saludo:

 

Alfredo Carrilero Ibáñez

Trabajador Social de AIDEMAR

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