Estimadas familias,
Les comunicamos que se ha publicado la convocatoria de las ayudas individualizadas a personas con discapacidad para el ejercicio 2020. (Resolución de 3 de junio de 2020, de la Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan las ayudas individualizadas a personas con discapacidad para el ejercicio 2020.)
Clases y Cuantías máximas de las ayudas.
– Tratamiento bucodental: hasta 3.000 €
– Audífonos (máximo 2 unidades): hasta 3.000 €
– Cama eléctrica/ articulada completa (incluye somier articulado, colchón articulado y barandillas): hasta 1.100 €
– Gafas (1 unidad): hasta 300 €
IMPORTANTE:
– Para poder solicitar dicha ayuda la persona debe tener una discapacidad en grado igual o superior al 33%. Y el concepto de la ayuda tiene que guardar relación con la discapacidad que tiene reconocida en su dictamen técnico facultativo.
– La concesión de dicha ayuda va sujeta la valoración de la situación socio-económica de la unidad de convivencia, para ello se aplicará el baremo publicado en la resolución, anexo I.
El plazo de presentación finaliza el 8 de julio 2020.
Documentos que se deben aportar junto con la solicitud.
– Fotocopia del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea y del pasaporte o documento de identidad en vigor del país de origen del/la solicitante, así como del representante o perceptor, en su caso, en el supuesto de extranjeros comunitarios.
– Certificado de empadronamiento en el que se acredite que el solicitante reside en la Región de Murcia en la fecha de la solicitud, y en el que consten todos los miembros incluidos en la misma hoja padronal.
– Certificado de pensión de clases pasivas o de organismos extranjeros, en su caso.
– Presupuesto detallado de la acción a realizar (superior a 100 €). En el supuesto de haber adquirido el concepto solicitado con posterioridad al 1/01/2020, copia de la factura.
– Fotocopia del documento bancario en el que figure como titular el solicitante o representante, en su caso, así como el IBAN (24 dígitos).*
– Acreditación de los ingresos que perciban todos los miembros de la unidad de convivencia: nóminas, certificado de empresa, sentencia que regule el importe de pensión compensatoria/alimentos (o acreditación de la reclamación judicial de la misma, en caso de impago), etc.
– Acreditación de haber sido reconocido como discapacitado por el Órgano competente, en aquellos casos en que el reconocimiento se haya efectuado en Comunidad Autónoma distinta de la Región de Murcia.
– En caso de separación/divorcio o de que existan menores en la unidad de convivencia cuyos progenitores estén separados: Copia de la sentencia de separación/ divorcio/ reguladora de la guarda y derecho de alimentos, así como del convenio regulador, en su caso. O en el supuesto de impago de la pensión establecida, acreditación de la reclamación judicial de la misma.
– Documentos específicos según el concepto que se solicite.
– Supuestos familiares
- En caso de que algún miembro de la unidad de convivencia presente un problema grave de salud: copia del informe médico acreditativo.
- En caso de que la unidad de convivencia tenga que afrontar pago de vivienda: copia del recibo de alquiler o de hipoteca, actualizado.
- En caso de que la persona solicitante presente una enfermedad catalogada como enfermedad rara: copia del informe médico que indique expresamente que la enfermedad que se padece se considera enfermedad rara.
- En caso de que en la unidad de convivencia exista algún tipo de problemática social (toxicomanía, violencia, desestructuración familiar, exclusión social severa, vivienda que presente deficientes condiciones de habitabilidad, de salubridad o carezca de algún servicio mínimo, etcétera.
Para cualquier consulta pueden llamar al teléfono 629058244.
Aprovecho para mandar un saludo:
Alfredo Carrilero Ibáñez
Trabajador Social de AIDEMAR